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TRAILER PARA TRANSPORTE DE MOTOS
UN CASO REAL. - EN INFORMOTO DEL 1 DE JUNIO
Informe de Diego Eduardo Núñez
01/06/2022
Como muchos de Uds. saben la Agencia Nacional de Seguridad Vial dictó una serie de normas relativas a casas rodantes, trailers de todo tipo, batanes, etc.
Como resultado de ello será necesario patentarlos con el mismo dominio que el vehículo tractor. Para ello habrá que pasar por un conjunto de pasos complicados y caros.
Si Ud., estimado lector, está pensando también en patentar el suyo deberá recorrer el este camino que a continuación describo.
No quiero sumergirme en el laberinto de normas y reglamentaciones de todo tipo que la ANSV ha generado. Sólo lograría aburrirlos y poco provecho se sacaría del tema.
Prefiero ir en forma clara y directa a relatarles un caso bien concreto: el trámite del mi trailer personal, que es el que utilizo para transportar motos por ser, estimo, el que resulta de interés para nuestros lectores.
En primer lugar, hay que aclarar que poseo un trailer categoría O1. ¿Qué significa ello? Que su peso máximo es menor o igual a 750 kg. Carece de sistema de frenos propio como tienen, en algunos casos, las casas rodantes.
Este tipo de trailers es el más común entre los motociclistas. Permiten transportar una o dos motos. A veces tres si se las acomoda con esmero. En particular el mío es uno plegable, fabricado por la firma DM TRAILERS. Menciono la marca porque la empresa hace tiempo que no los produce y no puede ser interpretado como publicidad.
¿Por dónde comenzar?
Si el trailer se compró con posterioridad a la sanción de estas normas, la fábrica ya debería contar con un certificado de seguridad vehicular. Pero si es más antiguo (mi caso) entonces habrá que contratar a un ingeniero mecánico matriculado para que presente un informe técnico.
(Ver la nota completa en la Edición Nro. 613)
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